ACTIVIDADES
El Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento establece reducciones e incentivos fiscales para empresas cuya actividad principal (70% de la facturación total) se encuadre en los siguientes rubros:
- Software y servicios informáticos y digitales;
- Producción y post producción audiovisual, incluidos los de formato digital;
- Biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular, nuerotecnología e ingeniería genética, geoingeniería, y sus ensayos y análisis;
- Servicios geológicos y de prospección, y servicios relacionados con la electrónica y comunicaciones;
- Servicios profesionales enumerados únicamente en la medida que sean de exportación;
- Nanotecnología, nanociencia;
- Industria aeroespacial y satelital, tecnologías espaciales;
- Ingeniería para la industria nuclear;
- Fabricación orientada a la automatización con el uso de internet de las cosas, inteligencia artificial, tecnologías 4.0., etc;
- Actividades vinculadas a tareas de investigación y desarrollo experimental
REQUISITOS
También deberá acreditar el cumplimiento de al menos 2 de los siguientes requisitos:
- a) Certificación de calidad: acreditar la realización de mejoras continuas en la calidad de sus servicios, productos y/o procesos, o mediante una norma de calidad reconocida aplicable a sus servicios, productos, y/o procesos.
- b) I+D o capacitación: Las empresas podrán acreditar indistintamente, la realización de erogaciones en actividades de: i) Investigación y Desarrollo (1, 2 o 3 % sobre su facturación total dependiendo del tamaño de la empresa); y/o ii) Capacitación de sus empleados y/o destinatarios en general, en temáticas relacionadas con la economía del conocimiento en un porcentaje (1, 2 o 5 % sobre su facturación total dependiendo del tamaño de la empresa) respecto de su masa salarial del último año.
- c) Exportaciones: se deberá acreditar la realización de exportaciones de bienes y/o servicios que surjan del desarrollo de alguna de las actividades promovidas (4, 10, o 13 % mínimo exigido según tamaño de empresa).
- Piso Mínimo de Personal: Las empresas deberán mantener la cantidad anual de personal declarado al momento de solicitar su inscripción afín de poder utilizar el beneficio del impuesto a las ganancias.
- Tasas a abonar: Se establece una tasa de auditoría en un porcentaje del beneficio obtenido por todo concepto.
BENEFICIOS
- Impuesto a las Ganancias
Las empresas promovidas abonarán ganancias con una alícuota diferencial para el Impuesto a las Ganancias (reducción en un 60, 40, o 20 % según tamaño de empresa), siempre que mantengan el piso mínimo de personal. - Bono Fiscal
A partir de su incorporación al régimen las empresas obtendrán un bono de crédito fiscal para pagar impuestos nacionales (excepto IG) del 70 % de las contribuciones patronales que hubiese correspondido pagar por el personal afectado a las actividades promovidas. - Estabilidad del Beneficio
Por el plazo de 10 años hasta el 31-12-2029 - No Retención del IVA
Las empresas que efectúen exportaciones no serán sujetas de retenciones y percepciones en el IVA para lo cual podrán tramitar de manera automática el correspondiente certificado. - Condiciones Especiales para Microempresas
Las microempresas con menos de 3 ejercicios podrán inscribirse acreditando que realizan en el país por cuenta propia y como actividad principal, alguna de las actividades promovidas. Al cumplirse el cuarto año de actividad, deberán acreditar dos de los tres requisitos especiales. - Incentivos Especiales contratación
El bono fiscal se eleva al 80 % en nuevas incorporaciones (mujeres, discapacitados, travestis/transexuales/transgenero, profesional con postgrado en materias de ingenierías, ciencias exactas o naturales, residentes en zonas desfavorables y/o provincias de menor desarrollo relativo, personal que hayan cobrado previamente planes sociales) - Derecho de Exportación 0%
Nuestros servicios por etapas del proceso:
Nos caracterizamos por ser un equipo formado por Contadores, Ingenieros, Abogados con amplia experiencia en el Régimen anterior de Ley de Software. Conocemos al detalle los pormenores para que obtengas los máximos beneficios.
Somos la única empresa que asesora con un equipo técnico conociendo las aplicaciones de la Ley en este sentido.
- Diagnóstico
AM realiza un análisis de las actividades y su porcentaje del total a fin de evaluar cómo aplica la empresa a la Ley de la Economía del Conocimiento.
Luego de realizar la evaluación de actividades, se abre el proceso y recolección de información para presentar la inscripción, y se comienza con la confección de los formularios.
En el proceso pueden surgir modificaciones en las formas de exposición de las variables, para el cumplimiento de los requisitos exigidos, y así acceder a los beneficios de Ley de la Economía del Conocimiento.
En AM estamos especializados en la realización de procesos para que el cumplimiento y aplicación a la ley resulte ágil y expeditivo. - Servicios Anexos
Ofrecemos acceso a capacitación y realización de proyectos I+D con universidades.
Y brindamos facilitar con especialistas el camino de mejora continua y/o certificado de calidad. - Presentación
Según la normativa vigente deberá presentar por TAD los 14 ANEXOS vigentes. La información siempre es brindada por la empresa. AM se encarga del control y verificación de la consistencia y aplicabilidad, a fin de que el proceso concluya con éxito y obtenga el máximo beneficio posible. - Seguimiento
Luego de efectuada la presentación se debe continuar con el seguimiento on line del trámite o contestando observaciones del órgano de Aplicación. - Post-inscripción
AM brinda actualización constante respecto a las normativas vigentes y asistirá a la empresa a través de relevamientos periódicos, análisis de desvíos y documentación de resguardo para el cumplimiento de las revalidaciones obligatorias de la Ley de la Economía del Conocimiento. - Asistencia de Auditorías
AM conoce las formas y procedimientos de auditoría tanto técnicas como contables, al que se encuentran expuestas las empresas cuando son beneficiarias de la Ley. Tenemos amplia experiencia en asistir a empresas para que las mismas concluyan sin observaciones, de manera de garantizar la continuidad. - Descargos
AM ofrece asesoramiento contable y técnico para responder adecuadamente los descargos en respuesta de los ajustes y observaciones provenientes de las auditorias.
Teléfono de referencia
1150520838